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El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia informó, mediante un comunicado de prensa enviado a la redacción de elentrerios.com, que se encuentra trabajando respecto de la instalación de comercios de grandes superficies y cadenas de comercialización, "a fin de que dichos emprendimientos cumplan con la Ley 9393, que regula y limita su habilitación".

"El CCISC ha llevado su reclamo por el cumplimiento de esta norma a los distintos estamentos del Estado que tienen la obligación de aplicarla: Dirección de Comercio Interior de Entre Ríos; Secretaría de Comercio de Entre Ríos; Ministerio de la Producción de la provincia; intendencia municipal; Honorable Concejo Deliberante; etc., no habiendo logrado, hasta el momento, respuesta a su reclamo, que es el de todo el comercio de la ciudad", establece la misiva.

Al respecto, "el CCISC proseguirá en la búsqueda ante todos los niveles del Estado hasta lograr el cumplimiento irrestricto de la legislación, ya que ésta Comisión Directiva considera al diálogo como la mejor herramienta para zanjar diferencias y encontrar soluciones, pero también continuará con su férreo reclamo, reservándose acciones que pudieran llevarse a cabo en el caso de persistir la falta de respuestas adecuadas".

El comunicado aclara que no hay oposición "a que haya nuevos emprendimientos comerciales, todo lo contrario, pero sí está en contra de que no se cumpla la legislación vigente que regula esta actividad, ya que esto afecta directamente al comercio de la ciudad y a la comunidad toda, dado que las pymes y micropymes locales son las mayores dadoras de empleo privado en Concordia".

¿Qué es la ley 9.393?


La Ley 9393 de "Grandes superficies comerciales" fue aprobada en el año 2001 y reglamentada en el año 2010, con amplio consenso entre los distintos sectores políticos de nuestra provincia; la Municipalidad de Concordia se encuentra adherida a la ley desde el año 2011.

El órgano que ejerce el cumplimento de la norma es la autoridad de aplicación, en este caso la Dirección de Comercio Interior de la provincia, supervisado previamente cada trámite de radicación por parte del COPROCIN, Consejo Provincial de Comercio Interior.

La ley establece que "la radicación de grandes superficies comerciales y/o cadenas de distribución o venta, dentro o fuera de los ejidos municipales y/o Juntas de Gobierno y la habilitación de aquellos cuando excedan las escalas establecidas, deberán contar con una autorización especial de la
autoridad de aplicación", es decir, de la Dirección General de Comercio Interior. Para más información, click aquí.
Fuente: elentrerios.com

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